La Ley sobre
Estadounidenses con Discapacidades (ADA) da protecciones de
derechos civiles a personas con incapacidades. Garantiza
oportunidades iguales para personas con incapacidades en
establecimientos públicos, empleo, transportación, servicios del
goviernos Estatales y Locales, y telecomunicaciones.
¿Se
aplica la ADA a apartamentos privados y casas privadas?
La ADA no se aplica a
apartamentos y casas que sean estrictamente residenciales. Sin
embargo, si un establecimiento de servicio público, como un
consultorio médico o una guardería infantil, está ubicado dentro
de una residencia privada, las partes de la residencia
utilizadas con ese fin están sujetas a los requerimientos de la
ADA.
¿Qué son los establecimientos de servicio público?
Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades
(ADA)
Un establecimiento de servicio público es una entidad privada que posee,
opera, alquila o toma en alquiler un lugar para prestar servicios al público.
Entre los establecimientos de servicio público existe una amplia variedad de
entidades, como restaurantes, hoteles, teatros, consultorios médicos,
farmacias, comercios minoristas, museos, bibliotecas, parques, escuelas
privadas y guarderías infantiles. Los clubes privados y las organizaciones
religiosas están exentos de los requerimientos del título III de la ADA para
los establecimientos de servicio público.
¿Quién es responsable de que se cumpla con la ADA en establecimientos de
servicio público alquilados? ¿El casero o el inquilino?
La ADA deposita en tanto el casero como el inquilino la obligación legal de
eliminar barreras o brindar soporte o servicios auxiliares. El casero y el
inquilino pueden decidir en el contrato de alquiler quién realizará los
cambios y brindará el soporte y los servicios, pero ambas partes conservan
su responsabilidad.
¿Cómo se harán valer las disposiciones sobre los establecimientos de
servicio público?
Los individuos particulares pueden iniciar juicios en los que pueden obtener
órdenes judiciales para ponerle fin a la discriminación. Los individuos
también pueden presentar denuncias ante el Secretario de Justicia de los
Estados Unidos, quien se encuentra autorizado a iniciar juicios en casos de
relevancia pública general o en casos en los que se alegue la existencia de
"un patrón o una práctica" de discriminación. En estos casos, el Secretario
de Justicia de los Estados Unidos puede solicitar daños monetarios y
penalidades civiles. Las penalidades civiles no pueden exceder los 50.000
dólares por una primera violación o los 100.000 dólares por cualquier
violación subsiguiente.
Esta información provenido no es aviso legal y fue
provenido por el Departemento de Justicia de los EEUU "ADA Preguntas y
Respuestas.
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información, por favor
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